No. Sentencia:
TSE/0007/2024
Expediente:
TSE-01-0221-2023
Síntesis:
Admite en la forma, y Acoge parcialmente el recurso, Revocando la resolución atacada por estar afectada de un vicio de competencia, ya que las Juntas Electorales no tienen competencia para conocer demandas relativas a propuestas de candidaturas, solo el Tribunal Superior Electoral. Retiene la facultad para conocer la demanda principal. Inadmisibilidad por extemporaneidad: en virtud de que fue depositada previo a que la Junta Electoral se pronunciara sobre dicha propuesta, y proceda a emitir resolución, acto que apertura los plazos para incoar el correspondiente recurso de apelación ante esta jurisdicción. Declara inadmisible el recurso de apelación por extemporáneo.
Fecha de publicación:
Wed 03 Ene 2024