No. Sentencia:

TSE/0067/2024

Expediente:

TSE-01-0300-2023

Síntesis:

Recurso de apelación. Inadmisibilidad por falta de depósito de la resolución: rechaza, se verifica su depósito en el expediente; inadmisibilidad por falta de comunicación de la resolución: rechaza, se trata de un documento producido por la administración electoral que se encuentra bajo su custodia. Medida cautelar: Inadmisibilidad por falta de objeto: medida provisional cuya pretensión depende de la acción principal, inadmisible. Recurso de apelación. Admisibilidad; plazo: opera la interrupción de la prescripción por intervención de una acción de amparo (TC/0358/17; TC/0344/18), promovido en tiempo oportuno; legitimación procesal: candidata rechazada, tienen calidad e interés para recurrir. Requisitos: antigüedad en domicilio (37. d. Ley núm. 176-07); Distrito Nacional: municipio dividido en tres circunscripciones electorales (art. 107 y 108 Ley núm. 20-23); candidatos deben reunir el requisito de antigüedad en la circunscripción.recurrente realizó cambio de domicilio, no cumple con el requisito. Recurso de apelación: admite, rechaza y confirma.

Fecha de publicación:
Jue 04 Ene 2024