No. Sentencia:

TSE/0018/2024

Expediente:

TSE-01-0188-2023

Síntesis:

Recurso de impugnación sobre inscripción de una candidatura propuesta por otra organización política. Recalificado a recurso de apelación contra resolución que conoce y decide propuestas de candidaturas, en virtud del principio de oficiosidad estipulado en el artículo 5 numeral 29 del referido Reglamento. Competencia: artículo 13.1 de la Ley núm. 29-11 Orgánica del Tribunal Superior Electoral; artículo 152 de la Ley núm. 20-23 de Régimen Electoral, y los artículos 18.1 y 175 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales. Revocación parcial de la resolución emitida por la Junta Electoral de El Peñón para respetar el acuerdo realizado entre el Partido Popular Cristiano (PPC) y el Partido Revolucionario Moderno (PRM), en atención a la máxima jurídica Prior in tempore, potior in iure (primero en el tiempo, mejor en el derecho).

Fecha de publicación:
Wed 03 Ene 2024