No. Sentencia:
TSE/0120/2023
Expediente:
TSE-01-0127-2023.
Síntesis:
Solicitud de reconocimiento de candidatura a regidor: Impugnación contra actuaciones partidarias concretas, articulo 92 y 95 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, inadmisible de oficio por extemporánea, el Tribunal establece debe esperar la resolución definitiva de la Junta Electoral correspondiente y si persiste la supuesta violación del derecho adquirido atacar mediante un recurso de apelación; articulo 175 y siguientes del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales. Sobre la solicitud de reducción de reservas: Inadmisible por extemporáneo, en virtud de los plazos establecidos en el artículo 97 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.
Fecha de publicación:
Mar 05 Dic 2023