No. Sentencia:

TSE-001-2022

Expediente:

TSE-01-0007-2021

Síntesis:

Exclusión de la Junta Central Electoral por resultar innecesaria su puesta en causa. Punto de partida del plazo de demandas por conflictos intrapartidarios: depende de las particularidades participativas del evento partidario atacado, del depósito del documento que recoge los trabajos de la reunión o asamblea criticada en los archivos de la Junta Central Electoral, o del momento preciso en que razonablemente el o los impetrantes toman conocimiento pleno de lo allí decidido. Acoge medio de inadmisión por extemporaneidad.

Fecha de publicación:
Wed 12 Ene 2022