No. Sentencia:
TSE/0032/2023
Expediente:
TSE-01-0240-2023
Síntesis:
La inadmisibilidad del recurso se fundamenta en la falta de legitimación procesal activa por parte del recurrente, un partido político que no figura en la resolución atacada ni en la propuesta intervenida no puede recurrir dicha resolución de las Juntas Electorales. Esta decisión se basa en el artículo 177 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.
Fecha de publicación:
Jue 04 Ene 2024