No. Sentencia:

TSE/0374/2024

Expediente:

TSE-01-0205-2024

Síntesis:

Recurso de Apelación. Admisibilidad, interpuesta dentro del plazo; legitimación procesal: partido o candidato cuya solicitud fue resuelta mediante la resolución atacada, posee calidad e interés para recurrir. Diferencia de votos entre partidos y votos preferenciales no necesariamente implica una irregularidad. Características del voto preferencial. La no existencia de irregularidades, no constituye una irregularidad del proceso electoral. Alcance del principio de buena fe y legalidad de los actos electorales. Carga de la prueba: recae sobre quien alega las irregularidades. Ausencia de sellos en relación de votación y sus consecuencias: no acarrea la nulidad del acto si consta la autenticación de las firmas de los miembros del colegio electoral. Determinancia cuantitativa para ordenar recuento de votos: una simple irregularidad no implica el recuento de votos. Principio de conservación del acto electoral. Principio de certeza del acto electoral. Acoge en cuanto al fondo el recurso de apelación ante la ausencia de votos preferenciales: ordena revisión de actas de escrutinio y llenado de relación de votación. En caso de que no se encuentre llena el acta de escrutinio, procede el recuento de votos.

Fecha de publicación:
Mar 09 Jul 2024