No. Sentencia:

TSE/0176/2024

Expediente:

TSE-05-0018-2024

Síntesis:

Acción de amparo electoral: inadmisibilidades contenidas en el artículo 70 de la Ley núm. 137-11. Objeto de la acción: anulación de resolución contenciosa electoral emitida por junta electoral, que refiere a las resoluciones de admisión o rechazo de una propuesta de candidaturas, lo que remite a los medios procesales de control de la regularidad de los actos y procedimientos electorales, y no a una vulneración o amenaza de vulneración de derechos constitucionales. Otra vía efectiva: recurso de apelación de resoluciones de admisión o rechazo de propuestas de candidaturas (arts. 13.1 Ley núm. 29-11; 152 Ley núm. 20-23; 175 Reglamento). Acción de amparo: inadmisible por existencia de otra vía jurisdiccional (art. 70.1 Ley núm. 137-11).

Fecha de publicación:
Sáb 17 Feb 2024