No. Sentencia:

TSE/0262/2024

Expediente:

TSE-01-0123-2024

Síntesis:

Incompetencia para conocer sobre un apoderamiento directo ante este Colegiado de una solicitud de recuento de todos votos, sin que se haya presentado previamente ante otros órganos, que en esta fase del proceso electoral, poseen naturaleza mixta, como lo son las juntas electorales, las cuales fungen tanto como órganos de la administración electoral, como también como tribunales de primer grado en materia contenciosa electoral, teniendo sus competencias delimitadas en la ley y el reglamento. Declina a la Junta Electoral de Villa González.

Fecha de publicación:
Vie 15 Mar 2024