No. Sentencia:

TSE/0021/2025

Expediente:

TSE-01-0016-2025

Síntesis:

Desistimiento: derecho que reviste a la parte reclamante o a sus representantes de desistir o renunciar a continuar con el proceso iniciado ante el Tribunal Superior Electoral, pudiendo ejercer esta acción procesal mediante una instancia debidamente motivada o mediante conclusiones in voce; trae como consecuencia que este Colegiado Libre Acta de dicho desistimiento, y ordene el archivo parcial del expediente en cuanto a las pretensiones de la parte que desiste, tal como consta en los artículos 4 numeral 7 y el párrafo III del artículo 27 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales. Defecto: Cuando una de las partes ha sido debidamente notificada conforme las formalidades y procedimientos establecidos en la norma, y no asiste a las convocatorias ni se hizo representar por ministerio de abogado, procede se ordene el defecto en su contra, en base al artículo 148 del Código de Procedimiento Civil, supletorio en esta materia, no obstante, a la fecha de emisión de la presente sentencia, este no ha cumplido con dicho requerimiento exigible a pena de inadmisibilidad, tal como consta en los artículos 179, numeral 1 y 209 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.

Fecha de publicación:
Vie 03 Oct 2025