No. Sentencia:

TSE/0373/2024

Expediente:

TSE-01-0186-2024

Síntesis:

Este Tribunal es competente para conocer la impugnación de marras. Se recalifica el caso para ser conocido como una impugnación a resoluciones emanadas por la Junta Central Electoral (JCE) que deciden sobre las propuestas de candidaturas. Se rechazó la excepción de nulidad contra el acta 72-2024 planteada por la impugnante en virtud que fue presentada como una excepción del procedimiento y no como un pedimento de fondo. Así mismo, se rechaza el medio de inadmisión promovido por la parte impugnada y el interviniente forzoso, por extemporáneo de la impugnación por haber sido interpuesta dentro de los plazos aplicables. Por otro lado, se acoge el medio de inadmisión interpuesto por la parte impugnada sobre la falta de interés de los intervinientes voluntarios. Finalmente, se admite en la forma la impugnación de marras y en cuanto al fondo se rechaza dicho recurso y, en consecuencia, confirma en todas sus partes la resolución impugnada, en virtud de que no se demostraron razones suficientes para que fuese ordenada la variación de la declaración de los ganadores en el nivel diputados por la demarcación de Santo Domingo Norte.

Fecha de publicación:
Mar 09 Jul 2024