No. Sentencia:
TSE/0118/2024
Expediente:
TSE-05-0078-2023
Síntesis:
Otorga la calificación jurídica, para que en lo adelante se conociera como acción de amparo ordinario; Pronuncio el defecto contra la Junta Central Electoral (JCE); Declara inadmisible de oficio la acción de amparo por ser notoriamente improcedente, en virtud de lo previsto en el artículo 70, numeral 3, de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los procedimientos constitucionales, así como el artículo 132, numeral 3, del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales; en razón de haber sido resuelto judicialmente mediante sentencia TSE/0153/2023, emitida por este Tribunal en fecha catorce (14) de diciembre del año dos mil veintitrés (2023).
Fecha de publicación:
Wed 17 Ene 2024