No. Sentencia:

TSE/0142/2024

Expediente:

TSE-09-0007-2024

Síntesis:

Recalificación: los títulos de la demanda no atan el juez, sino que lo hace la naturaleza de las pretensiones invocadas por las partes, de modo que, nos encontramos frente a un “Recurso de Revisión”, figura regulada por el artículo 205 y siguientes del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales. Competencia del TSE para conocer recurso de revisión contra sus propias decisiones. Recurso de revisión plazo: El plazo para la interposición de recurso de revisión oscila entre tres (3) días a cinco (5) días francos, dependiendo la causal de revisión alegada. Inadmisible por extemporáneo: el recurrente interpuso su escrito fuera del plazo establecido en el artículo 207 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales. Declara inadmisible el recurso de revisión.

Fecha de publicación:
Wed 24 Ene 2024