No. Sentencia:

TSE/0155/2023

Expediente:

TSE-05-0048-2023

Síntesis:

Falta de comparecer, incumplimiento por parte de las firmas encuestadoras IPSOS Dominicana y Centro Económico del Cibao S.R.L. En presentarse a la audiencia aun siendo debidamente citadas. Desistimiento, acción legal permitida que muestra el desinterés en continuar con la demanda, está establecido el párrafo III del artículo 27 del Reglamento Contencioso Electoral. Inadmisibilidad parcial por notoria improcedencia, remite a los artículos 72 de la Constitución y 65 de la Ley núm. 137-11 en cuanto a la no inscripción de candidaturas. Inadmisibilidad parcial por la existencia de otra vía, la otra vía debe permitir la protección más idónea de las pretensiones del accionante. En virtud de salvaguardar el derecho fundamental a la información y acceso a la trasparencia de los miembros del partido, conforme a las disposiciones del artículo 216 de la Constitución de la República, el Tribunal comprende que los Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos se encuentran atados y obligados al respeto irrestricto a los principios de transparencia y democracia interna, se ordenó la entrega de las fichas técnicas disposiciones del artículo 216 de la Constitución de la República, el Tribunal comprende que los Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos se encuentran atados y obligados al respeto irrestricto a los principios de transparencia y democracia interna de los trabajos de investigación en el nivel de Diputados en la provincia de Puerto Plata.

Fecha de publicación:
Lun 18 Dic 2023