No. Sentencia:

TSE/0124/2024

Expediente:

TSE-05-0011-2024

Síntesis:

Acción de Amparo supera requisitos de admisibilidad. Amparo preventivo: debe existir un hecho futuro verificable. Solicitud de inamovilidad de posición de candidatura, si bien la Ley 33-18 y la Resolución núm. 01-2024, establece un orden para la presentación de candidaturas plurinominales en el nivel de regidores, en el presente caso no se vislumbra que su inaplicación cause un perjuicio a los derechos fundamentales del accionante al figurar en una posición distinta en la boleta electoral ya que, en el nivel de regidores, se emplea el sistema de listas cerradas y desbloqueadas mediante voto preferencial. Esto significa que la elección no depende de la posición u orden en la boleta electoral, sino de los votos preferenciales obtenidos por cada candidatura en sus respectivas listas partidarias. Rechaza el pedimento en cuestión.

Fecha de publicación:
Vie 19 Ene 2024