No. Sentencia:
TSE/0257/2024
Expediente:
TSE-01-0107-2024
Síntesis:
El Tribunal rechaza el medio de inadmisión por extemporaneidad, planteado por la parte recurrida Junta Central Electoral (JCE), pues el recurso ha sido interpuesto dentro del plazo previsto en la norma aplicable; Rechaza en cuanto al fondo dicho recurso y, en consecuencia, Confirma en todas sus partes la resolución apelada, en razón de que el recuento de votos es una operación exclusiva de los colegios electorales y no fueron demostradas razones suficientes para que fuese ordenada de manera excepcional por el Tribunal.
Fecha de publicación:
Jue 29 Feb 2024