No. Sentencia:

TSE/0223/2024

Expediente:

TSE-01-0103-2024

Síntesis:

Recurso de apelación. Decisiones rendidas con respecto a situaciones que ocurren luego de la elección se aplica el procedimiento de apelación de las demandas en nulidad (TSE-368-2020). Admisibilidad; plazo: pro actione, promovido en tiempo oportuno (art. 186 del Reglamento); legitimación procesal: persona (art. 187 del Reglamento). Revisión de votos nulos y observados: procedimiento (arts 277 y 278 del Reglamento). Resolución atacada: refiere a acta contentiva de las incidencias de la revisión. Acta recoge el proceso, se encuentra firmada por los miembros de la Junta Electoral y los delegados políticos que así lo decidieron, sin presentarse objeción alguna. Resolución: no se alegan violaciones referentes a la resolución. Proceso de revisión de votos: no se verifica violación al debido proceso o al principio de transparencia; no se aportan pruebas de irregularidades del proceso de revisión de votos nulos y observados o relativas a la resolución atacada. Recurso de apelación: Rechaza.

Fecha de publicación:
Wed 06 Mar 2024