No. Sentencia:
TSE/0138/2023
Expediente:
TSE-01-0150-2023
Síntesis:
Medios de inadmisión: deben ser presentados simultáneamente, antes de las conclusiones de fondo. Agotamiento de las vías internas: requisito exigible con excepciones (art. 100 del RPCE), en el presente caso, ante la efectividad de las vías internas demostrada por la respuesta positiva que dio el partido a la primera solicitud del demandante, proceso que debió agotarse contra la nueva encuesta y los nuevos vicios que se alegan. Se declara inadmisible la presente impugnación.
Fecha de publicación:
Lun 11 Dic 2023