No. Sentencia:

TSE/0012/2022

Expediente:

TSE-05-0005-2022

Síntesis:

Plazo de interposición de la acción de amparo de cumplimiento: el amparo de cumplimiento ha de ser interpuesto, a pena de improcedencia dentro de los sesenta (60) días siguientes al vencimiento del plazo de quince (15) días laborables otorgado a la autoridad para cumplir con el deber legal o administrativo exigido. Extemporaneidad de la acción de amparo: preclusión del plazo.

Fecha de publicación:
Wed 29 Jun 2022