No. Sentencia:
TSE/0012/2022
Expediente:
TSE-05-0005-2022
Síntesis:
Plazo de interposición de la acción de amparo de cumplimiento: el amparo de cumplimiento ha de ser interpuesto, a pena de improcedencia dentro de los sesenta (60) días siguientes al vencimiento del plazo de quince (15) días laborables otorgado a la autoridad para cumplir con el deber legal o administrativo exigido. Extemporaneidad de la acción de amparo: preclusión del plazo.
Fecha de publicación:
Wed 29 Jun 2022