No. Sentencia:

TSE/0018/2023

Expediente:

TSE-01-0019-2023

Síntesis:

Agotamiento de las vías internas: requisito no exigible ante la inexistencia del mecanismo de reclamación en las instancias partidarias. Punto de partida del plazo: el plazo inicia desde el momento en que razonablemente la parte interesada tuvo conocimiento de la resolución (art. 98, numeral 3 del RPCE). Exclusión de partes: acoge pedimento y excluye a las personas físicas demandadas por carecer de utilidad práctica la permanencia de dichas personas en el proceso. Derecho a elegir y ser elegible: pueden ser limitados por los estatutos y reglamentos internos de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos. Derecho a postularse a precandidaturas: las organizaciones políticas pueden exigir requisitos previos a la postulación, que deberán ser reunidos por los postulantes a los fines de poder competir dentro de la referida asociación política. Exigencias para la postulación de precandidaturas: es una facultad de las organizaciones políticas en base a su derecho de autodeterminación consagrado en el artículo 216 de la Constitución, siempre que responda al principio de razonabilidad. Requisito de no existencia de procesos penales abiertos: es una exigencia válida, establecida en las normas internas del partido demandado, propuesto como una forma de restringir la posibilidad de que personas que no ostenten sus valores puedan acceder a puestos públicos a través de su organización. Exigencia de inexistencia de procesos penales abiertos: está estrechamente vinculado con requisitos de idoneidad e integridad para representar al partido político que sirve como plataforma de la precandidatura. Inexistencia de violación al principio de presunción de inocencia: actuación del partido político no trasciende a un juzgamiento penal. Rechaza: demandada no cumple con uno de los requisitos prefijados por el partido político al presentarse una solicitud de apertura a un juicio penal en su contra.

Fecha de publicación:
Jue 17 Ago 2023