No. Sentencia:

TSE/0048/2023

Expediente:

TSE-01-0063-2023

Síntesis:

Competencia del Tribunal Superior Electoral para conocer los reparos al cómputo electoral en elecciones primarias. Falta de objeto: la falta de objeto alude a la desaparición de las causas que motivan o subyacen al reclamo en justicia. Rechaza medio de inadmisión por falta de objeto, pues sigue latente la causa que originó el conflicto. Admisibilidad de la demanda en cuanto al plazo y la calidad. Causas de recuento de votos: a) que el escrutinio no se haya realizado ante el colegio electoral; b) cuando no se llenaran las actas de escrutinio ante el colegio electoral; y c) cuando personas extrañas al colegio electoral realicen las operaciones de escrutinio. Principio de conservación del acto electoral: los actos electorales deben prevalecer, a menos que se verifique un vicio determinante que altere el resultado final de las elecciones (art. 5.27 del RPCE). Rechaza recuento de votos: demandante se limita a invocar supuestas irregularidades sin probarlas. Determinancia cuantitativa: criterio para ordenar la revisión de votos con múltiples marcas y votos en blanco en las elecciones primarias. Revisión de votos con múltiples marcas y votos en blanco: rechaza no es determinante para hacer variar la proclamación.

Fecha de publicación:
Mar 24 Oct 2023