No. Sentencia:

TSE/0260/2024

Expediente:

TSE-01-0114-2024

Síntesis:

Recurso de apelación. Intervención voluntaria: reúne los requisitos de admisibilidad del artículo 64 del Reglamento, admite en cuanto a la forma. Admisibilidad: Decisiones rendidas con respecto a situaciones que ocurren luego de la elección se aplica el procedimiento de apelación de las demandas en nulidad (TSE-368-2020). Medio de inadmisión sobre extemporaneidad de las resoluciones 005/2024 y 006/2024: se verifica que la parte recurrente tuvo conocimiento de las resoluciones en la indicada fecha, por lo que el recurso fue interpuesto vencido el plazo de 48 horas, inadmisible por extemporáneo. Medio de inadmisión sobre la resolución 019-2024: promovido en tiempo oportuno (art. 186 del Reglamento), rechaza medio; legitimación procesal: se trata de las personas que depositaron instancia que dio lugar a la resolución atacada (art. 187 del Reglamento). Resolución atacada: contiene contradicción entre los motivos y el dispositivo, asimismo, violenta el régimen de competencias legal; los recursos de apelación contra las resoluciones de las juntas electorales de carácter contencioso son de la exclusiva competencia de este Tribunal Superior Electoral (arts. 13.1., 17 y 26 de la Ley núm. 29-11; art. 18.1 Reglamento). Recurso de apelación: Acoge, anula, por efecto devolutivo de la apelación retiene conocimiento del recurso de apelación primigenio. Recurso de apelación original: es interpuesto por una persona que no formó parte de los procesos que dieron lugar a las resoluciones atacadas, careciendo este de legitimación procesal activa por lo que dicho recurso debe ser declarado inadmisible (art. 187 del Reglamento; TC/0028/22; TSE-744-2020). Recurso originario: inadmisible.

Fecha de publicación:
Vie 15 Mar 2024