No. Sentencia:

TSE/0012/2023

Expediente:

TSE-01-0009-2023

Síntesis:

Conflicto intrapartidarios - agotamiento de las vías internas: obligación a cargo de los miembros de los partidos políticos antes de acceder a la jurisdicción electoral (art. 30, numeral 4 de la Ley núm. 33-18 y 100 del RPCE). Existencia de vía interna: demandante no agotó el procedimiento interno ante la Comisión de Elecciones Internas del partido político demandado. Comisión de elecciones internas: organismo encargado de llevar a cabo las tareas relacionadas con la escogencia de los candidatos a puestos de elección popular o dirección interna (art. 32 de la Ley núm. 33-18).

Fecha de publicación:
Wed 26 Jul 2023