No. Sentencia:

TSE/0232/2024

Expediente:

TSE-01-0082-2024

Síntesis:

Inadmisibilidad por extemporaneidad: Extemporaneidad aplica a la interposición de un recurso de apelación contra resolución emitida por la junta electoral posterior al proceso electoral, relativa a reparos al cómputo y escrutinio electoral; la resolución atacada le fue notificada al impetrante en fecha veintitrés (23) de febrero del año dos mil veinticuatro (2024), a las doce y treinta y seis minutos de la tarde (12:36 p.m.), sin embargo, la interposición del presente recurso fue realizada en fecha veintiséis (26) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), a las cuatro y veinte minutos de la tarde (4:20 p.m.), es decir, fuera del plazo de cuarenta y ocho (48) horas establecido en los artículos 26 de la Ley núm. 29-11 y 186 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales. Declara inadmisible el recurso de apelación.

Fecha de publicación:
Lun 11 Mar 2024