No. Sentencia:

TSE/0208/2024

Expediente:

TSE-05-0023-2024

Síntesis:

Acción de amparo electoral. Exclusión de documentos: rechaza, no se violenta derecho de defensa ni debido proceso al ser depositados en tiempo hábil (art. 81.1 Ley núm. 137-11). Medio de inadmisión; Falta de objeto: pretensión sobre respuesta a solicitudes hechas a la Junta Electoral carece de objeto al haber sido satisfecha con anterioridad a la acción, acoge medio y declara inadmisibilidad parcialmente (TSE-0234-2020); Otra vía: pretensión relativa a la regularidad del proceso electoral decididas por la Junta Electoral por resolución deben ser perseguidas a través del recurso de apelación de decisiones de carácter contencioso electoral ante esta misma Corte en atribuciones ordinarias (arts. 13.1 y 17 de la Ley núm. 29-11 y 18.1 del Reglamento), declara parcialmente inadmisible de oficio. Solicitud de entrega de documentos públicos. Admisibilidad; Plazo: interpuesta en tiempo hábil; Procedencia: pasa test sobre presupuestos esenciales de procedencia; Otra vía: no existe otra vía judicial más efectiva o idónea que el amparo para la pretensión alegada. Solicitud de entrega de documentos públicos: a) en cuanto a las actas de votación, las mismas se encuentran disponibles al público en la web oficial de la Junta Central Electoral, no se verifica violación del derecho de acceso a la información (49.1 Constitución); b) en cuanto a los boletines provisionales de la Junta Electoral de La Romana, no se verifica denegación de información, debido a que a la fecha el plazo legal para respuesta no ha vencido, siendo este de 15 días hábiles, no se constata conculcación de derechos (art. 8 Ley núm. 200-04). Solicitud de entrega de documentos públicos: Rechaza. Acción de amparo electoral: Inadmite parcialmente por falta de objeto en cuanto a la respuesta de solicitud de recuento de votos y revisión de actas, inadmite parcialmente por existencia de otra vía en cuanto al control de la regularidad del proceso decidida por resolución de la Junta Electoral, rechaza en cuanto a la solicitud de entrega de documentos.

Fecha de publicación:
Wed 06 Mar 2024