No. Sentencia:
TSE/0193/2023
Expediente:
TSE-01-0222-2023
Síntesis:
Recurso de apelación. Admisibilidad; plazo: promovido en tiempo oportuno; legitimación procesal: partido cuya propuesta se regula, tiene calidad e interés para recurrir. Medios de apelación. Falta de motivación: la decisión expresa de manera suscita los motivos del rechazo, no se verifica. Falta de base legal: inexistencia de una norma que establezca como requisito la certificación de no antecedentes penales. El pleno disfrute de los derechos civiles y políticos se presume (presunción iuris tantum). Certificación de no antecedentes penales no es requisito legal (TSE-143-2020). Exigencia de requisitos sin base legal transgrede el principio de legalidad. Junta electoral vulnera principio pro participación al restringir injustificadamente la participación política. Vulneración de derechos políticos. Contradicción de motivos: no se verifica. Recurso de apelación: acoge, revoca y ordena inscripción.
Fecha de publicación:
Vie 22 Dic 2023