No. Sentencia:

TSE/0380/2024

Expediente:

TSE-01-0200-2024

Síntesis:

Recurso de apelación contra resoluciones emitida por la Junta Electoral de Santo Domingo Norte, que responde a una solicitud de recuento de votos en el nivel de diputados y apelación contra boletines emitidas por estas, analizado como una demanda en reparos al cómputo electoral; articulo núm. 8 literal b, Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales. Inadmisible por extemporáneo; se aplicaron los plazos que responden a las demandas en nulidad de elecciones por constituir conflictos electorales de igual naturaleza que surgen posterior a la jornada electoral. Por ello, se ha asimilado el plazo de cuarenta y ocho (48) para recurrir las decisiones sobre demanda en anulación de elecciones, en virtud del principio de eficacia.

Fecha de publicación:
Mar 09 Jul 2024