No. Sentencia:

TSE/0013/2022

Expediente:

TSE-01-0006-2022

Síntesis:

Agotamiento de las vías internas: inoponible en caso de inexistencia de procedimiento interno de reclamación. Plazo para impugnación de decisiones tomadas por el presidente de un partido político: Aplicación del plazo de 30 días, previsto en el artículo 117 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales y Actas del Estado Civil. Extemporaneidad de la demanda. Demanda en intervención voluntaria: demanda incidental mediante la cual un tercero interviene por iniciativa propia en un proceso judicial a los fines de prevenir una afectación o pretender una situación jurídica favorable a sus intereses y que guarda relación con el objeto de la demanda principal. Intervención voluntaria: carácter accesorio a la demanda principal.

Fecha de publicación:
Mar 19 Jul 2022